martes, 26 de junio de 2018

ACUERDOS y OTRAS DISPOSICIONES Clubes-IRCCA



Acuerdos con la Junta Directiva que no sabemos si fueron ratificados en actas o resoluciones del IRCCA


1º  Todas las facturas de servicios del club que incluyen la dirección física pueden estar a nombre de cualquiera de los socios.

Esta medida se tomo por seguridad, para que los que emiten, ensobran o entregan este correo física o virtualmente no accedan a la información del club. (acordado en 2014)



2º Las habilitaciones de clubes se realizan por un período de 3 años. La misma se recibe desde la dirección de correo "IRCCA" <no-responder@ircca.gub.uy> y no tiene la firma de ninguna autoridad del instituto.  Se acordó en el año 2015 que se resolvería la forma de entregar una habilitación física que se pueda colocar en el club.

Las autoridades actuales siguen estudiando la forma de esa certificación. 

 Los clubes están habilitados a realizar eventos privados de cata o concursos. La condición es que no sean públicos, tal como lo habilita el Decreto 120/014 en su

 Artículo 45

 No se autorizará la realización de concursos, torneos o eventos públicos que promuevan el consumo de Cannabis psicoactivo.


4º  Los clubes de membrecía están autorizados a realizar fiestas y eventos públicos donde no se entregue cannabis a sus asistentes, con el fin de recaudar fondos para su funcionamiento. Al estilo de La Cucaracha, fiesta que organiza el CLUC. (consulta realizada en 2017 y no se recibieron objeciones)



5º Las disposiciones sobre la distancia a los centros de educación/deportivos/y de tratamiento de adicciones no se aplicaron durante la administración anterior.

Las medidas de seguridad y la falta de publicidad con cartelería en la puerta, hace que, salvo casos contados de clubes que se muestran por diferentes motivos a terceros, la mayoría no son identificables desde el exterior y preservan su localización para evitar el mayor de los riesgos que sufren los clubes; los robos.

Por lo tanto, la situación inversa se puede dar en cualquier momento. O sea, que uno de estos centros se instale a menos de 150 metros (o en la puerta contigua) de un club sin saber de su existencia.

En el entendido de que no se podía cumplir la normativa en todos los casos, la Junta Directiva anterior era flexible con esta disposición.

Todos estos acuerdos y consultas se realizaron por Laura Blanco y Martín Gaibisso en diferentes reuniones a las que fuimos citados o solicitamos se nos recibiera.

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