lunes, 23 de septiembre de 2019

Trámites Oficiales. Costos y plazos

Fundación de la Asociación Civil Club Cannábico

Personería Jurídica otorgada por el
Ministerio de Educación y Cultura

El trámite se inicia con la Asamblea fundacional de la Asociación Civil, y la entrega de los miembros del club en formación de la información requerida para la redacción del Acta fundacional y los primeros registros obligatorios.

El trámite se desarrolla en las oficinas de la Dirección Asuntos Constitucionales, Legales y Registrales  del MEC y demora aproximadamente dos meses.

Costo del trámite detallado:

Costos reconocimiento Personería Jurídica Asociación Civil Club Cannábico 2026
Adelanto al solicitar la gestión$3.000
Acta Asamblea Fundacional $ 13.000 + IVA$15.860
Timbres, tasas, libros obligartorios, gestores, certificaciones de libros, domicilio, capacidad de los socios, a presentar ante el MEC y el IRCCA$20.140
Total del trámite notarial$39.000


El presupuesto incluye los honorarios por certificaciones notariales, las gestiones, el asesoramiento y los gastos de timbres, tasas y libros necesarios para la gestión de la personería jurídica y la preparación de la documentación necesaria para solicitar al IRCCA la habilitación de las actividades de cultivo y dispensación  de cannabis.

Este será el primer registro del libro de caja de la Asociación Civil.

Las Asociaciones Civiles son organizaciones sin fines de lucroestán exentas de impuestos y aportes patronales. Se debe tramitar su registro en DGI y BPS así como ante el B.S.E. y el Ministerio de Trabajo para que sus dependientes accedan a los beneficios de la seguridad social. Todos los responsables técnicos, asistentes jardineros, personal eventual, serenos y limpiadores pueden acceder a este derecho.

La inscripción en DGI y BPS es simultánea. El trámite fuera de fecha implica multas, por lo que se recomienda realizarlo una vez obtenida la personería jurídica. El costo de dicho trámite es aproximadamente $U 5.200.

Los clubes que deciden cambiar de departamento necesitan modificar los estatutos, se puede hacer en una Asamblea General Anual o en una extraordinaria si las fechas no coinciden con el cierre de balance. Costos del trámite de inscripción en DGI y BPS: 




jueves, 5 de septiembre de 2019

MANUAL DE GESTION DE CLUBES


Gestión de Clubes Cannábicos

La formación de un club de cannabis en Uruguay está regida por la ley Nº 19172 y el decreto reglamentario 120/2014 en su capítulo quinto. 
Como puntos fundamentales tenemos que atender:
 “Toda la producción deberá ser distribuida entre sus miembros para su uso personal, dejando constancia de las entregas realizadas. Dicha información deberá brindarse mensualmente al IRCCA”. (Decreto 120/014 – Art. 29)
Los Clubes Cannábicos tienen sus integrantes limitados entre 15 y 45 personas.
Solo podrán ser miembros de clubes cannábicos personas mayores de edad, ciudadanos legales o naturales uruguayos o quienes acrediten residencia permanente en el país. (Decreto 120/014 – Art.25). Si se encontraban inscriptos en otro club o como cultivadores domésticos, deberán esperar un periodo de 3 meses.
Toda actividad que infrinja la normativa será sancionada según el Artículo 40 de la citada Ley 19.172.
Ver el procedimiento de aplicación de SANCIONES  y en https://www.ircca.gub.uy/procedimientos/
El primer paso para poner en funcionamiento y avalar legalmente el club es la obtención de la personería jurídica ante el Ministerio de Educación y Cultura
La misma se debe solicitar en la Dirección General de Registros una vez realizada la Asamblea Fundacional, el trámite puede durar entre 3 o 4 meses en promedio y se puede consultar en la web de DGR con el número de ingreso que consta en las tapas de todos los libros registrados.

Asociación Civil Club Cannábico Autoridades

Comisión Directiva

 Es el órgano máximo y soberano del Club Cannábico.
Está integrada por tres miembros y tres suplentes respectivos:
Presidente – Secretario – Tesorero - Más tres suplentes que asumirán los cargos que anteceden en caso de renuncia al cargo o baja del socio que integra la directiva. 
IMPORTANTE: Ninguno de los miembros de la Comisión Directiva puede recibir remuneraciones de parte de la asociación civil. Sus cargos son honorarios no solo en estas tareas sino en cualquiera que desarrolle; ya sea la remuneración del jardinero o responsable técnico, la del gestor o la del arrendatario del inmueble.

Comisión Fiscal / Síndico y suplentes

El segundo órgano de la Asociación Civil CC es la Comisión Fiscal, como la limitación de socios no nos permite más que 45 miembros, la DGR admite que nombremos
Un Síndico y suplente/s
Su función es la de controlar lo actuado por la comisión directiva, tiene la potestad de solicitar los libros y registros de la asociación y realizar observaciones pertinentes a la comisión directiva o llamar a una asamblea extraordinaria en caso que sea necesario.

Asambleas de socios

Anualmente realizar Asamblea Ordinaria, aprobación de Memoria y Balance anual.
La asamblea se debe citar con al menos 7 días de anticipación y realizarse antes de los 60 días del cierre del ejercicio económico.
El día en que se realiza  la Asamblea :
Firman todos los socios que asisten en el libro de Registro de Asistencia a asambleas.
Quien ocupa el cargo de secretaría escribe el  acta con orden del día, tratamiento de los temas del orden del día, las resoluciones. Esta acta se realiza en el libro de Actas de Asamblea (el mismo donde se ha registrado la asamblea fundacional y debe ser firmada por Presidente y Secretario. 
En las resoluciones se deja constancia si las aprobaciones se realizan por unanimidad, por mayoría y en este caso cuantos en forma afirmativa, cuantas abstenciones y cuantos en forma negativa  

Comisión electoral

En los años que corresponda realizar  elecciones  debemos nombrar una comisión electoral, con 3 miembros y si corresponde suplentes (ver art. 11 y 21 de los estatutos). 

Libros obligatorios

Libro de Actas de Comisión Directiva

La Comisión Directiva sesiona todos los meses; una vez al mes o más si lo desean.
 Deben estar presentes por lo menos dos de los Directores (Presidente, Secretario y/o Tesorero). 
De la sesión se labra acta donde se pone el orden del día y luego se tratan los puntos del orden del día.
Los puntos se tratan y respecto de algunos de ellos se toma resolución afirmativa o negativa. Cuando la resolución no sea tomada por unanimidad se deja constancia de quien se abstuvo o votó negativo. 

Libro de socios.

Este libro se completa el primer día, al realizarse la Asamblea Fundacional.  Todos los socios que se integren dentro del mes siguiente a la asamblea fundacional, serán también considerados socios fundadores.
Los datos  que se incluyen son nombre, domicilio, CI, fecha de ingreso y egreso.  
La fecha de ingreso y egreso de los socios que no concurrieron al acto fundacional es la fecha del acta de Comisión directiva que aprueba el ingreso o baja del socio 
Se debe presentar nota por escrito a la Comisión directiva solicitando el ingreso o la baja de la Asociación.  En caso de los Clubes Cannábicos, se aconseja que cada nuevo socio sea presentado por un socio activo que lo apadrina

Libro de Actas de Asambleas

En este libro se registran las actas de las asambleas de socios realizadas; 
Asamblea General Ordinaria
Obligatoria al menos una vez al año. Allí deberá leerse y aprobarse la memoria y el balance anual del club. 
Asamblea General Extraordinaria
Toda otra Asamblea. Extraordinarias régimen especial art. 14 de los estatutos.
Las Actas de Asambleas la firman Presidente y Secretario. La asistencia la firman todos en el libro de Registro de asistencia a Asambleas 
Libro de Registro de asistencia a asambleas
En cada Asamblea general, sea ordinaria o extraordinaria, todos los asistentes deberán firmar en este libro. 
Se coloca como encabezamiento el siguiente texto 
“Asamblea extraordinaria u ordinaria según corresponda, lugar, fecha y horario” 
 A continuación la firma y aclaración de firma de los asistentes.

Libro mayor de caja

En este libro se realizan los registros contables del club. 
Las columnas refieren a: fecha, concepto,  ingresos, egresos y saldos. 
La documentación debe ser guardada por fecha, en un archivo, colocando los comprobantes más nuevos sobre los antiguos.
Conservar todos los comprobantes de todos los gastos es muy importante. Podemos solicitar recibos comunes si el proveedor no es una empresa. Conviene tener siempre una libreta de recibos para estos casos y solicitar a quien nos está cobrando un servicio o insumo que nos firme la entrega del dinero. 

El primer comprobante a registrar son los honorarios profesionales de la Escribana que certifica la Asamblea Fundacional. Debe ser un recibo oficial que incluya el iva de los honorarios. Si los honorarios se pagan con el aporte de socios, debe quedar registrado en el libro de Actas de Directiva quien hizo el aporte y cómo se le devolverá el dinero. 
El libro debe llevarse cronológicamente, anotando las entradas de dinero en la columna DEBE y las salidas en la columna HABER, al realizar cada registro, se debe colocar el SALDO de caja resultante, sumando las entradas y restando las salidas. 
El SALDO DE CAJA nunca puede ser negativo, pues no es posible gastar lo que no existe. En caso de que esto suceda, seguramente el gasto ha sido aporte del socio que hizo la compra. se debe registrar primero este aporte y luego la salida de caja, manteniendo de esa forma siempre el saldo positivo.
 
No recomendamos que los comprobantes tengan el nombre del Club, sobre todo los que vinculan la dirección al mismo, para que el cartero o funcionario público que maneja las facturas no tenga evidencia de la dirección del club. 

Para otros trámites, como la inscripción en la DGI y BPS es conveniente que demos una dirección de entrega de correspondencia diferente.

Instituto de Regulación y Control del Cannabis

Instalaciones y puesta en marcha

Los trámites burocráticos de fundación del Club Cannábico pueden demorar entre 3 y 7 meses, como el trámite es público, sabremos cuando esté próxima la obtención de la personería jurídica. Es conveniente ir desarrollando las tareas de puesta en marcha de las instalaciones sobre el final del trámite, sobre todo las que sean de carácter oneroso o supongan el pago de mensualidades . Hay que tener en cuenta que no se puede iniciar el cultivo hasta la habilitación del IRCCA y que esta depende por el momento del otorgamiento de la personería jurídica por el MEC.
Una vez elegido el local, se debe comunicar al IRCCA, para realizar la consulta de geolocalización en la que se verifica que no hay centros educativos y otros  a menos de 150 metros. Los inspectores son accesibles para realizar una visita de reconocimiento, posibilidades del inmueble para la instalación del club y necesidades de seguridad específicas de la locación, lo pueden solicitar por correo a contacto@ircca.gub.uy

Sede del Club

Lo primero a resolver es dónde será la sede del Club, que hará de lugar de cultivo, acopio y dispensación del producto del mismo.
Lo más importante a tener en cuenta son las condiciones mínimas establecidas por el IRCCA para su registro ante el organismo:
La seguridad, es el aspecto que más debemos cuidar en las instalaciones. Instruir a los miembros del club en mantener el secreto del lugar de las instalaciones es la medida fundamental para evitar riesgos. La alarma con respuesta es obligatoria para la inspección del IRCCA, las medidas de seguridad deben contener a los intrusos tanto tiempo como demore la respuesta en la zona donde se encuentre el club. Ya sea un cultivo de exterior o de interior, este aspecto es fundamental
Es necesario que el inmueble esté a nombre o sea alquilado por el club, puede ser de cualquiera de sus integrantes o un tercero que haya aprobado el fin de la finca.

El Responsable Técnico

Es muy importante contar con un jardinero experimentado y dedicado a la cosecha con una remuneración acorde a sus responsabilidades. Recordar que ningún miembro de la comisión directiva o fiscal del club puede percibir un sueldo, ya que sus cargos son honorarios.

Semillas o Clones


Procedimiento para adquisición de material genético en empresas habilitadas por el IRCCA 

Se comunica a los clubes cannábicos registrados ante el IRCCA el procedimiento a seguir en caso de adquirir material genético de cannabis psicoactivo a empresas habilitadas por este Instituto. 
Las empresas actualmente autorizadas para la provisión de material genético son las siguientes: 

EMPRESA

Santiago Navratil 

Vluncor SAS 

Innvita SAS 

Alfredo Dupetit 

Green Point Nursery SAS 

Nafe Vivero SAS 

CBD Uruguay SRL 

NOMBRE FANTASÍA 

Genetics Biobanking 

Antera 

Clonaris Uy 

Clonin Uy

Green Point Cannabis Nursery 

Clandestino Nursery 

CBD Uruguay SRL 

En cualquier momento, pueden consultar la lista actualizada de empresas autorizadas en:  
En caso de adquirir material genético en estas empresas, los clubes deberán: 
1. Remitir al IRCCA un Plan de Producción que contemple la adquisición del material en empresas habilitadas, indicando: 
  • cantidad de cosechas anuales previstas 
  • cantidad de plantas a utilizar en cada cosecha 
Se adjunta la guía para la confección del Plan de Producción CLUBES: 

     2. Enviar la boleta o factura de compra emitida a nombre del club. 

3. Solicitar al IRCCA la correspondiente guía de traslado para cada compra realizada, previo a su realización, con una antelación mínima de 48 horas.  

En los casos en que socios del club donen plantines adquiridos en empresas habilitadas, se deberá remitir copia de la factura de compra realizada por el socio.

Una vez que los plantines se encuentren en la sede del club, deberán: 

  • registrarse en la planilla de trazabilidad del club,
  • numerarse nuevamente conforme al sistema de trazabilidad interno. 
Asimismo, toda muerte o eliminación de plantas deberá ser comunicada al IRCCA, remitiendo fotografía de la eliminación y dejando constancia en la planilla de trazabilidad correspondiente. 
Ante cualquier duda, podrán comunicarse con el Instituto vía correo electrónico a la casilla fiscalizacion@ircca.gub.uy o telefónicamente al 150 2323.

Registro y habilitación ante el IRCCA

Es indispensable para poder empezar a cultivar.
Comunicado - Registro de Clubes de Membresía -
El IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) pone en funcionamiento,
a partir del 30/10/2014, el primer Registro de Clubes de Membresía, que cumplan
las condiciones establecidas en el artículo 5 literal F) de la Ley N° 19172
de 20/12/13.
Requisitos para la solicitud de registro de Clubes de Membresía

Documentos que se deben entregar en la oficina del Correo Uruguayo:

  1. Copia de la resolución de aprobación de estatutos y otorgamiento de personería jurídica emitida por la Dirección General de Registros (Registro de Personas Jurídicas – Sección Asociación Civiles y Fundaciones).
  2. Testimonio notarial de los estatutos (COPIA del papel notarial).
  3. Certificado notarial con los nombres y apellidos completos, cédula de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad y ciudadanía de los miembros fundadores del Asociación Civil.
  4. Constancia de domicilio a nombre de la Asociación Civil y se aceptan como válidas: copia de factura de servicio público (no telefonía celular), constancia de domicilio otorgada por las Seccionales Policiales o certificado notarial.
  5. Documentación acreditante de la calidad de propietario, arrendatario, comodatario o de cualquier otro título, en virtud del cual la Asociación Civil se encuentre autorizada a ocupar como su sede el inmueble donde se realizará el cultivo (presentar firmas certificadas por un Escribano Público). La Asociación Civil deberá ser la titular del contrato, esto es, deberá figurar como propietaria, arrendataria o comodataria. Para estos casos, el documento deberá contener una cláusula del propietario del bien, por la cual autoriza el funcionamiento de un Club Cannábico de Membresía.
  6. Un plan de producción de cannabis de acuerdo a la “Guía para la elaboración del Plan de Producción de Cannabis” que se encuentran disponibles en ésta página.
  7. Un plan de distribución de cannabis entre los miembros del Club. El documento deberá contener la descripción de los procesos administrativos que realizará el club para distribuir y documentar las entregas de cannabis a los miembros registrados.
  8. Datos individualizantes del Responsable Técnico. El documento deberá contener nombres y apellidos completos, número del documento de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad, correo electrónico y el nombre del título o idoneidad para ocupar dicha responsabilidad. Se debe adjuntar además la fotocopia del documento de identidad.

 Todas aquellas Asociaciones Civiles que hayan iniciado o finalizado el trámite correspondiente en la Dirección General de Registros del MEC, deberán solicitar día y hora en la oficina de Soporte de Red del Correo Uruguayo al Tel. 2916.02.00 – interno 1500 para iniciar el trámite de registro. El Correo coordinará con el solicitante la Sucursal a la que deberá concurrir.

Estarán autorizados a realizar el trámite de registro los miembros titulares de la Comisión Directiva del Club, debiendo identificarse al momento del registro.

Criterios  de aceptación de la documentación presentada en el Correo Uruguayo:
  • La solicitud de inscripción impresa en el Correo Uruguayo debe estar firmada por alguno de los integrantes de la Comisión Directiva del Club.

  • Deberá constituir una cuenta de correo electrónico para uso exclusivo del Club de Membresía y no se aceptarán cuentas personales de correo electrónico pertenecientes al Responsable Técnico, integrantes de la Comisión Directiva o Miembros del Club. El nombre de la cuenta del correo electrónico debe ser igual o hacer referencia a la denominación de la Asociación Civil.
  • Cédulas de identidad uruguaya otorgadas a extranjeros que tengan impreso, “Residencia permanente” o “Residencia Legal”.
  • Se considera como ciudadano natural las cédulas de identidad con leyenda de ciudadanía “nacionales uruguayos” (Ley N°16.021).
  • Documentos emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores que autorizan la residencia permanente de extranjeros.
  • Para las constancias de domicilio el documento original, fotocopia o copia impresa del sitio web de UTE, OSE,  ANTEL sin la firma o sello.
  • Las constancias de domicilio expedidas por un Escribano Público.
  • Para el registro de Responsables Técnicos son válidos los documentos de identidad extranjeros.

NO se acepta en la documentación presentada en los locales del Correo Uruguayo:

  • Las cédulas de identidad uruguaya otorgadas a extranjeros que tengan impreso “Residencia en trámite”.
  • Las cédulas de identidad vencidas.
  • Las constancias de trámites de cédula de identidad.
  • Las facturas de telefonía móvil.
  • Las facturas de servicio público anteriores a 90 (noventa) días de la fecha de emisión.
  • Las constancias de domicilio impresas del sitio web del Ministerio del Interior sin la firma y sello de la Policía Nacional.
  • Constancia de domicilio que no esté a nombre de la Asociación Civil. No se aceptan contratos de servicio público.
  • Las direcciones de domicilios distintas a la registrada en el Sistema.
  • Dirección del domicilio del Club de Membresía sin datos suficientes para la ubicación o geolocalización exacta.
  • Estatuto de la asociación civil con datos del club y/o miembros, distintos a los registrados en el Sistema.

RESOLUCION 9/2018
GUIA DE CONDICIONES MÍNIMAS PARA LA HABILITACIÓN 
Y FUNCIONAMIENTO DE UN CLUB CANNABICO DE MEMBRESÍA
A. Ubicación de la sede:
1. Debe mantener una distancia mayor a ciento cincuenta (150) metros de: (i) centros de educación, culturales y/o deportivos donde concurran menores de edad; (ii) instituciones de atención y tratamiento de adicciones.
2. En las zonas urbanas, la sede de un Club no podrá coexistir con un domicilio particular y/o comercio en un mismo padrón.
3. En caso de pretender establecerse en una propiedad horizontal, su autorización estará sujeta a la evaluación del personal de Fiscalización y el Departamento Jurídico del IRCCA.
4. En zonas rurales se podrá aceptar un padrón donde se realicen otras actividades, debiéndose establecer claramente el espacio que se utilizará como sede del Club, delimitándolo de forma precisa y segura. Se deberá evitar el acceso y vista a las instalaciones del Club desde otros sectores del bien. La entrada al Club deberá ser exclusiva para el mismo.
5. Se prohíbe la ocupación o uso del espacio público adyacente al local (mediante sillas, mesas, toldos, etc.) manteniendo el exterior del mismo y sus inmediaciones en las debidas condiciones de higiene.
6. Queda prohibido exhibir en la parte exterior del Club cartelería lo identifique como tal, debiendo ceñirse a lo establecido en el artículo 11 de la ley N° 19.172. A su vez, se sugiere a los integrantes de la Asociación Civil mantener la reserva hacia terceras personas respecto a las actividades que allí se desarrollan.
7. No podrán coexistir en un mismo padrón un Club y un cultivo doméstico.
8. En el padrón donde funciona un Club, no puede coexistir un emprendimiento cuya actividad gire en torno al cannabis (psicoactivo o no psicoactivo).
En un mismo padrón no se podrá instalar más de un Club.

B. Seguridad:
1. Medidas de seguridad apropiadas en todas sus aberturas (rejas, puertas blindadas o cualquier otro método de seguridad que impida el acceso a terceros).
2. Delimitación perimetral con seguridad adecuada (cercos eléctricos, barreras electrónicas o cualquier otro mecanismo de seguridad).
3. Sistema de alarma con respuesta (ya sea empresa contratada o respuesta personal).
4. Se podrá solicitar sensores de apertura en puertas y/o ventanas o en otros lugares.
5. La azotea debe tener seguridad perimetral conectada a la alarma (cerco eléctrico y/o barrera electrónica).
6. En caso de contar con sistema de circuito cerrado de video vigilancia, el DVR deberá permanecer en un lugar seguro.
7. Los cultivos exteriores deberán estar protegidos de la vista y acceso de terceros.
8. Los cultivos interiores, en zonas urbanas, deben tener instalado un sistema de filtro de aire que evite la salida de olores al exterior (por ejemplo, filtro de carbono).
9. Sensores de humo conectados a la alarma y extinguidor de fuegos de C02 en las salas y/o invernaderos dónde existan artefactos eléctricos.
10. Las áreas destinadas al secado y al acopio del cannabis deben tener seguridad reforzada. El mueble donde se almacene el acopio deberá estar amurado a la pared y al piso, debiendo tener seguridad en sus puertas. Si se utiliza un espacio del edificio ya existente (mampostería o similar), deberá contar con reja y cerradura de seguridad o candados anti corte.
11. El ingreso a la sede del Club es exclusivo para sus socios, quedando prohibido el ingreso a toda persona ajena al mismo, salvo autorización expresa otorgada por el IRCCA.
12. Queda prohibido, sin excepción alguna, el ingreso de menores de dieciocho (18) años a las instalaciones del Club.
13. Ningún miembro del Club, el Responsable Técnico y/o terceras personas podrán vivir en las instalaciones del Club.
14. Los responsables del Club deben asegurar que todo el equipo de vigilancia se encuentre en perfecto funcionamiento.

C. Funcionamiento:
1. El Club deberá declarar los días y horarios de su actividad al momento de registrarse en el IRCCA, pudiendo solicitar autorización en caso de necesitar una habilitación especial.
2. El Club debe mantener actualizada la información en el Portal de Clubes de Membresía (sistema informático provisto sin costo por el IRCCA), registrando las actividades de plantación, producción y distribución del cannabis entre los miembros del Club, así como la gestión de las altas, bajas y actualizaciones de los datos de los miembros inscriptos.
3. Queda prohibido realizar cualquier actividad, salvo las de mantenimiento de cultivos y/o limpieza y mantenimiento del local, fuera de los horarios establecidos.
4. El Club deberá presentar un Plan de Cultivo y un Sistema de Entregas al
momento de registrarse en el IRCCA.
5. Las plantas deberán estar ubicadas en lugares seguros, sin sobrepasar muros linderos, calles, veredas, evitando la accesibilidad a las mismas, todo en consonancia con el Plan de Cultivo referido en el numeral 3) del título C).
6. La actividad de cultivo deberá llevarse a cabo en un espacio exclusivo para ese fin.
7. La Sede deberá contar con un área de uso social y baño.
Cualquier situación no comprendida entre las descriptas anteriormente, será considerada por el Equipo Fiscalizador y/o el Área Jurídica del IRCCA, quien determinará si los Clubes cuentan con las condiciones mínimas para habilitados de acuerdo a esta guía.
El IRCCA, en caso que lo estime pertinente, podrá solicitar todas las medidas de seguridad o funcionamiento complementarias y/o adicionales a las establecidas en esta Guía.
Por más información: http://www.ircca.gub.uv/clubes-de-membresia/

Recomendamos, leer las actualizaciones del link http://www.ircca.gub.uy/clubes-demembresia/


Guía para elaborar el 

PLAN DE PRODUCCIÓN CLUBES

 (IRCCA 2026)


INFRAESTRUCTURA 

1. Descripción de las instalaciones. 

1.1 Incluir un croquis de las instalaciones con la distribución de todas las  áreas del club indicando claramente el acceso a la sede;.

1.2 En caso de predios rurales, indicar la parcela a utilizar dentro del  padrón, adjuntando un plano o croquis en el que se identifique  claramente la ubicación del club y el ingreso al mismo desde la ruta. 

1.3 Describir las diferentes áreas del club: área social, baño, salas de  cultivo e invernaderos, área de secado, área de acopio, área de  trabajo, depósitos, área de gestión de residuos de cosecha. 

1.4 Detalle el sistema de ventilación e iluminación que utilizará en áreas  de cultivo, secado, trabajo y almacenamiento. 


2. Descripción del sistema de seguridad

2.2 Describir el sistema de alarma con respuesta que utilizan e indicar a  quienes reporta el sistema en caso de alerta;.

2.3 Describir los dispositivos de seguridad asociados al sistema de  alarma para cada área y su ubicación (sensores de movimiento,  sensores volumétricos, sensores de apertura, barreras electrónicas, otros).

2.4 Describir el sistema de seguridad perimetral (cercos, barreras  electrónicas, otros).

2.5 Describir el sistema de seguridad perimetral en la azotea cuando  corresponda (cercos, barreras electrónicas, otros).

2.6  Describir sistema de seguridad en aberturas que dan al exterior.

2.7  Describir la seguridad del área de secado.

2.8  Describir la seguridad del área de acopio.

2.9 Indicar ubicación de los sensores de humo de cada área y de los  extintores contra incendio. 


CULTIVO 

3. Descripción del plan de producción (incluyéndose actividades post  cosecha). 

3.1 Origen y cantidad (volumen) del material de partida (semillas,  esquejes).

3.2 Detalle del proceso productivo explicitando: 

i) Cantidad de cosechas a realizar en el año (indicar un número  máximo de cosechas). 

ii) Cantidad máxima de plantas en todo momento, para cada fase  (esquejes, madres, vegetativo, floración). 

iii) Área destinada al cultivo para cada fase y demás instalaciones de  manejo y/o conservación de producto. Breve descripción de estas  actividades para cada área. 

iv) Propagación del material genético para la multiplicación  productiva, sea siembra, clonación o generación de semillas de  uso exclusivo para el Club de Membresía con destino al siguiente  ciclo. 

v) Método de cultivo: indicar si el cultivo se realiza a cielo abierto,  invernáculo, indoor, en maceta, hidropónico, etc.. Manejo de  plantas madre (si corresponde),  clones,  plantas en estado  vegetativo y en floración. 

vi) Tiempo estimado en cada etapa del cultivo, secado y curado. 

vii) Estimación de cantidades máximas de producto seco a producir  por ciclo y año. 

viii) Forma de cosecha (parcial o total de la planta), manicura,  secado, curado y acondicionamiento. 

ix) Forma y condiciones de almacenamiento del producto a ser  dispensado.  

x) Equipamiento, propio o rentado, relevante a los procesos  productivos (en caso de utilizarse) de cultivo y postcosecha,  indicando capacidades (a modo enunciativo: sistema de riego,  iluminación, manicurado, equipamiento de aclimatación, sala de  secado). 

3.3 Manejo fitosanitario. garantizar la protección vegetal contra insectos y  hongos, evitando el desarrollo de enfermedades que ocasionen la  muerte de la planta. Detallar medidas preventivas. 

3.4 Gestión de residuos: procedimiento de registro y destrucción a utilizar  para los residuos vegetales de producción, subproductos de cosecha  y acondicionamiento, plantas o partes de plantas a eliminar.

3.5 Sistema de trazabilidad: procedimiento que deberá describir la forma  de control y seguimiento sobre el número de plantas en cultivo, plantas  cosechadas, producto en proceso de secado, curado y en acopio.


4. Plan de distribución. 

La distribución del producto final se realizará exclusivamente en la  sede del club, siempre teniendo en cuenta un máximo de 40 g por  socio por mes. Se realizará un registro al momento de entrega por  parte de los representantes del club en libretas de recibos numeradas,  correlativas y anuales, que contengan: número de recibo, fecha,  nombre y apellido del socio, cantidad de gramos recibidos y firmas (del  socio y del responsable por el club).



 


ÉXITO Y MUCHAS BUENAS COSECHAS!