Gestión de Clubes Cannábicos
La formación de un club de cannabis en Uruguay está regida por la ley Nº
19172 y el decreto reglamentario 120/2014 en su capítulo quinto.
Como puntos fundamentales tenemos que atender:
“Toda la producción deberá ser
distribuida entre sus miembros para su uso personal, dejando constancia de las
entregas realizadas. Dicha información deberá brindarse mensualmente al IRCCA”.
(Decreto 120/014 – Art. 29)
Los Clubes Cannábicos tienen sus integrantes limitados entre 15 y 45
personas.
Solo podrán ser miembros de clubes cannábicos personas mayores de edad,
ciudadanos legales o naturales uruguayos o quienes acrediten residencia
permanente en el país. (Decreto 120/014 – Art.25). Si se encontraban inscriptos
en otro club o como cultivadores domésticos, deberán esperar un periodo de 3
meses.
Toda actividad que infrinja la normativa será sancionada según el Artículo
40 de la citada Ley 19.172.
Ver el procedimiento de
aplicación de SANCIONES y en https://www.ircca.gub.uy/procedimientos/
El primer paso para poner en funcionamiento y avalar legalmente el club es
la obtención de la personería jurídica ante el Ministerio de Educación y
Cultura
La misma se debe solicitar en la Dirección General de Registros una vez
realizada la Asamblea Fundacional, el trámite puede durar entre 3 o 4 meses en
promedio y se puede consultar en la web de DGR con el número de ingreso que
consta en las tapas de todos los libros registrados.
Asociación
Civil Club Cannábico Autoridades
Comisión
Directiva
Es el órgano máximo y soberano del
Club Cannábico.
Está integrada por tres miembros y tres suplentes respectivos:
Presidente – Secretario – Tesorero - Más tres suplentes que asumirán los
cargos que anteceden en caso de renuncia al cargo o baja del socio que integra
la directiva.
IMPORTANTE: Ninguno de los miembros de la Comisión Directiva puede recibir
remuneraciones de parte de la asociación civil. Sus cargos son honorarios no
solo en estas tareas sino en cualquiera que desarrolle; ya sea la remuneración
del jardinero o responsable técnico, la del gestor o la del arrendatario del inmueble.
Comisión
Fiscal / Síndico y suplentes
El segundo órgano de la Asociación Civil CC es la Comisión Fiscal, como la
limitación de socios no nos permite más que 45 miembros, la DGR admite que
nombremos
Un Síndico y suplente/s
Su función es la de controlar lo actuado por la comisión directiva, tiene
la potestad de solicitar los libros y registros de la asociación y realizar
observaciones pertinentes a la comisión directiva o llamar a una asamblea
extraordinaria en caso que sea necesario.
Asambleas de
socios
Anualmente realizar Asamblea Ordinaria, aprobación de Memoria y Balance
anual.
La asamblea se debe citar con al menos 7 días de anticipación y realizarse
antes de los 60 días del cierre del ejercicio económico.
El día en que se realiza la Asamblea
:
Firman todos los socios que asisten en el libro de
Registro de Asistencia a asambleas.
Quien ocupa el cargo de secretaría escribe el acta con orden del día, tratamiento de los
temas del orden del día, las resoluciones. Esta acta se realiza en el libro de
Actas de Asamblea (el mismo donde se ha registrado la asamblea fundacional y
debe ser firmada por Presidente y Secretario.
En las resoluciones se deja constancia si las
aprobaciones se realizan por unanimidad, por mayoría y en este caso cuantos en
forma afirmativa, cuantas abstenciones y cuantos en forma negativa
Comisión
electoral
En los años que corresponda realizar
elecciones debemos nombrar una
comisión electoral, con 3 miembros y si corresponde suplentes (ver art. 11 y 21
de los estatutos).
Libros
obligatorios
Libro de
Actas de Comisión Directiva
La Comisión Directiva sesiona todos los meses; una vez al mes o más si lo
desean.
Deben estar presentes por lo menos
dos de los Directores (Presidente, Secretario y/o Tesorero).
De la sesión se labra acta donde se pone el orden del día y luego se tratan
los puntos del orden del día.
Los puntos se tratan y respecto de algunos de ellos se toma resolución
afirmativa o negativa. Cuando la resolución no sea tomada por unanimidad se
deja constancia de quien se abstuvo o votó negativo.
Libro de
socios.
Este libro se completa el primer día, al realizarse la Asamblea
Fundacional. Todos los socios que se
integren dentro del mes siguiente a la asamblea fundacional, serán también
considerados socios fundadores.
Los datos que se incluyen son
nombre, domicilio, CI, fecha de ingreso y egreso.
La fecha de ingreso y egreso de los socios que no concurrieron al acto
fundacional es la fecha del acta de Comisión directiva que aprueba el ingreso o
baja del socio
Se debe presentar nota por escrito a la Comisión directiva solicitando el
ingreso o la baja de la Asociación. En
caso de los Clubes Cannábicos, se aconseja que cada nuevo socio sea presentado
por un socio activo que lo apadrina
Libro de
Actas de Asambleas
En este libro se registran las actas de las asambleas de socios
realizadas;
Asamblea General Ordinaria
Obligatoria al menos una vez al año. Allí deberá leerse y aprobarse la
memoria y el balance anual del club.
Asamblea General Extraordinaria
Toda otra Asamblea. Extraordinarias régimen especial art. 14 de los
estatutos.
Las Actas de Asambleas la firman Presidente y Secretario. La asistencia la
firman todos en el libro de Registro de asistencia a Asambleas
Libro de Registro de asistencia a asambleas
En cada Asamblea general, sea ordinaria o extraordinaria, todos los
asistentes deberán firmar en este libro.
Se coloca como encabezamiento el siguiente texto
“Asamblea
extraordinaria u ordinaria según corresponda, lugar, fecha y horario”
A
continuación la firma y aclaración de firma de los asistentes.
Libro mayor
de caja
En este libro se realizan los registros contables del club.
Las columnas refieren a: fecha, concepto,
ingresos, egresos y saldos.
La documentación debe ser guardada por fecha, en un archivo, colocando los
comprobantes más nuevos sobre los antiguos.
Conservar todos los comprobantes de todos los gastos es muy importante.
Podemos solicitar recibos comunes si el proveedor no es una empresa. Conviene
tener siempre una libreta de recibos para estos casos y solicitar a quien nos
está cobrando un servicio o insumo que nos firme la entrega del dinero.
El primer
comprobante a registrar son los honorarios profesionales de la Escribana
que certifica la Asamblea Fundacional. Debe ser un recibo oficial que
incluya el iva de los honorarios. Si los honorarios se pagan con el aporte de socios, debe quedar registrado en el libro de Actas de Directiva quien hizo el aporte y cómo se le devolverá el dinero.
El libro debe llevarse cronológicamente, anotando las entradas de dinero en la columna DEBE y las salidas en la columna HABER, al realizar cada registro, se debe colocar el SALDO de caja resultante, sumando las entradas y restando las salidas.
El SALDO DE CAJA nunca puede ser negativo, pues no es posible gastar lo que no existe. En caso de que esto suceda, seguramente el gasto ha sido aporte del socio que hizo la compra. se debe registrar primero este aporte y luego la salida de caja, manteniendo de esa forma siempre el saldo positivo.
No recomendamos que los comprobantes tengan el nombre del Club, sobre todo
los que vinculan la dirección al mismo, para que el cartero o funcionario
público que maneja las facturas no tenga evidencia de la dirección del club.
Para otros trámites, como la inscripción en la DGI y BPS es conveniente que
demos una dirección de entrega de correspondencia diferente.
Instituto
de Regulación y Control del Cannabis
Instalaciones
y puesta en marcha
Los trámites burocráticos de fundación del Club Cannábico pueden demorar
entre 3 y 7 meses, como el trámite es público, sabremos cuando esté próxima la
obtención de la personería jurídica. Es conveniente ir desarrollando las tareas
de puesta en marcha de las instalaciones sobre el final del trámite, sobre todo
las que sean de carácter oneroso o supongan el pago de mensualidades . Hay que
tener en cuenta que no se puede iniciar el cultivo hasta la habilitación del
IRCCA y que esta depende por el momento del otorgamiento de la personería
jurídica por el MEC.
Una vez elegido el local, se debe comunicar al IRCCA, para realizar la
consulta de geolocalización en la que se verifica que no hay centros educativos
y otros a menos de 150 metros. Los
inspectores son accesibles para realizar una visita de reconocimiento,
posibilidades del inmueble para la instalación del club y necesidades de seguridad
específicas de la locación, lo pueden solicitar por correo a
contacto@ircca.gub.uy
Sede del Club
Lo primero a resolver es dónde será la sede del Club, que hará de lugar de
cultivo, acopio y dispensación del producto del mismo.
Lo más importante a tener en cuenta son las condiciones mínimas
establecidas por el IRCCA para su registro ante el organismo:
La seguridad, es el aspecto que más debemos cuidar en las instalaciones.
Instruir a los miembros del club en mantener el secreto del lugar de las
instalaciones es la medida fundamental para evitar riesgos. La alarma con
respuesta es obligatoria para la inspección del IRCCA, las medidas de seguridad
deben contener a los intrusos tanto tiempo como demore la respuesta en la zona
donde se encuentre el club. Ya sea un cultivo de exterior o de interior, este
aspecto es fundamental
Es necesario que el inmueble esté a nombre o sea alquilado por el club, puede
ser de cualquiera de sus integrantes o un tercero que haya aprobado el fin de
la finca.
El
Responsable Técnico
Es muy importante contar con un jardinero experimentado y dedicado a la
cosecha con una remuneración acorde a sus responsabilidades. Recordar que
ningún miembro de la comisión directiva o fiscal del club puede percibir un
sueldo, ya que sus cargos son honorarios.
Semillas o
Clones
Procedimiento para adquisición de material genético en empresas habilitadas por el IRCCA
Se comunica a los clubes cannábicos registrados ante el IRCCA el procedimiento a seguir en caso de adquirir material genético de cannabis psicoactivo a empresas habilitadas por este Instituto.
Las empresas actualmente autorizadas para la provisión de material genético son las siguientes:
EMPRESA Santiago Navratil Vluncor SAS Innvita SAS Alfredo Dupetit Green Point Nursery SAS Nafe Vivero SAS CBD Uruguay SRL | NOMBRE FANTASÍA Genetics Biobanking Antera Clonaris Uy Clonin Uy Green Point Cannabis Nursery Clandestino Nursery CBD Uruguay SRL |
En cualquier momento, pueden consultar la lista actualizada de empresas autorizadas en:
En caso de adquirir material genético en estas empresas, los clubes deberán:
1. Remitir al IRCCA un Plan de Producción que contemple la adquisición del material en empresas habilitadas, indicando:
- cantidad de cosechas anuales previstas
- cantidad de plantas a utilizar en cada cosecha
2. Enviar la boleta o factura de compra emitida a nombre del club.
3. Solicitar al IRCCA la correspondiente guía de traslado para cada compra realizada, previo a su realización, con una antelación mínima de 48 horas.
En los casos en que socios del club donen plantines adquiridos en empresas habilitadas, se deberá remitir copia de la factura de compra realizada por el socio.
Una vez que los plantines se encuentren en la sede del club, deberán:
- registrarse en la planilla de trazabilidad del club,
- numerarse nuevamente conforme al sistema de trazabilidad interno.
Asimismo, toda muerte o eliminación de plantas deberá ser comunicada al IRCCA, remitiendo fotografía de la eliminación y dejando constancia en la planilla de trazabilidad correspondiente.
Ante cualquier duda, podrán comunicarse con el Instituto vía correo electrónico a la casilla fiscalizacion@ircca.gub.uy o telefónicamente al 150 2323.
Registro y habilitación ante el IRCCA
Es indispensable para poder empezar a cultivar.
Comunicado - Registro de Clubes de Membresía -
El IRCCA (Instituto de Regulación y Control del Cannabis) pone en funcionamiento,
a partir del 30/10/2014, el primer Registro de Clubes de Membresía, que cumplan
las condiciones establecidas en el artículo 5 literal F) de la Ley N° 19172
de 20/12/13.
Requisitos para la solicitud de registro de Clubes de Membresía
Documentos que se deben entregar en la oficina del Correo Uruguayo:
- Copia de la resolución de aprobación de estatutos y otorgamiento de personería jurídica emitida por la Dirección General de Registros (Registro de Personas Jurídicas – Sección Asociación Civiles y Fundaciones).
- Testimonio notarial de los estatutos (COPIA del papel notarial).
- Certificado notarial con los nombres y apellidos completos, cédula de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad y ciudadanía de los miembros fundadores del Asociación Civil.
- Constancia de domicilio a nombre de la Asociación Civil y se aceptan como válidas: copia de factura de servicio público (no telefonía celular), constancia de domicilio otorgada por las Seccionales Policiales o certificado notarial.
- Documentación acreditante de la calidad de propietario, arrendatario, comodatario o de cualquier otro título, en virtud del cual la Asociación Civil se encuentre autorizada a ocupar como su sede el inmueble donde se realizará el cultivo (presentar firmas certificadas por un Escribano Público). La Asociación Civil deberá ser la titular del contrato, esto es, deberá figurar como propietaria, arrendataria o comodataria. Para estos casos, el documento deberá contener una cláusula del propietario del bien, por la cual autoriza el funcionamiento de un Club Cannábico de Membresía.
- Un plan de producción de cannabis de acuerdo a la “Guía para la elaboración del Plan de Producción de Cannabis” que se encuentran disponibles en ésta página.
- Un plan de distribución de cannabis entre los miembros del Club. El documento deberá contener la descripción de los procesos administrativos que realizará el club para distribuir y documentar las entregas de cannabis a los miembros registrados.
- Datos individualizantes del Responsable Técnico. El documento deberá contener nombres y apellidos completos, número del documento de identidad, fecha de nacimiento, nacionalidad, correo electrónico y el nombre del título o idoneidad para ocupar dicha responsabilidad. Se debe adjuntar además la fotocopia del documento de identidad.
Todas aquellas Asociaciones Civiles que hayan iniciado o finalizado el trámite correspondiente en la Dirección General de Registros del MEC, deberán solicitar día y hora en la oficina de Soporte de Red del Correo Uruguayo al Tel. 2916.02.00 – interno 1500 para iniciar el trámite de registro. El Correo coordinará con el solicitante la Sucursal a la que deberá concurrir.
Estarán autorizados a realizar el trámite de registro los miembros titulares de la Comisión Directiva del Club, debiendo identificarse al momento del registro.
Criterios de aceptación de la documentación presentada en el Correo Uruguayo:
La solicitud de inscripción impresa en el Correo Uruguayo debe estar firmada por alguno de los integrantes de la Comisión Directiva del Club.
- Deberá constituir una cuenta de correo electrónico para uso exclusivo del Club de Membresía y no se aceptarán cuentas personales de correo electrónico pertenecientes al Responsable Técnico, integrantes de la Comisión Directiva o Miembros del Club. El nombre de la cuenta del correo electrónico debe ser igual o hacer referencia a la denominación de la Asociación Civil.
- Cédulas de identidad uruguaya otorgadas a extranjeros que tengan impreso, “Residencia permanente” o “Residencia Legal”.
- Se considera como ciudadano natural las cédulas de identidad con leyenda de ciudadanía “nacionales uruguayos” (Ley N°16.021).
- Documentos emitidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores que autorizan la residencia permanente de extranjeros.
- Para las constancias de domicilio el documento original, fotocopia o copia impresa del sitio web de UTE, OSE, ANTEL sin la firma o sello.
- Las constancias de domicilio expedidas por un Escribano Público.
- Para el registro de Responsables Técnicos son válidos los documentos de identidad extranjeros.
NO se acepta en la documentación presentada en los locales del Correo Uruguayo:
- Las cédulas de identidad uruguaya otorgadas a extranjeros que tengan impreso “Residencia en trámite”.
- Las cédulas de identidad vencidas.
- Las constancias de trámites de cédula de identidad.
- Las facturas de telefonía móvil.
- Las facturas de servicio público anteriores a 90 (noventa) días de la fecha de emisión.
- Las constancias de domicilio impresas del sitio web del Ministerio del Interior sin la firma y sello de la Policía Nacional.
- Constancia de domicilio que no esté a nombre de la Asociación Civil. No se aceptan contratos de servicio público.
- Las direcciones de domicilios distintas a la registrada en el Sistema.
- Dirección del domicilio del Club de Membresía sin datos suficientes para la ubicación o geolocalización exacta.
- Estatuto de la asociación civil con datos del club y/o miembros, distintos a los registrados en el Sistema.
RESOLUCION 9/2018
GUIA DE CONDICIONES MÍNIMAS PARA LA HABILITACIÓN
Y
FUNCIONAMIENTO DE UN CLUB CANNABICO DE MEMBRESÍA
A. Ubicación de la sede:
1. Debe mantener una distancia mayor a ciento
cincuenta (150) metros de: (i) centros de educación, culturales y/o deportivos
donde concurran menores de edad; (ii) instituciones de atención y tratamiento
de adicciones.
2. En las zonas urbanas, la sede de un Club no
podrá coexistir con un domicilio particular y/o comercio en un mismo padrón.
3. En caso de pretender establecerse en una
propiedad horizontal, su autorización estará sujeta a la evaluación del
personal de Fiscalización y el Departamento Jurídico del IRCCA.
4. En zonas rurales se podrá aceptar un padrón
donde se realicen otras actividades, debiéndose establecer claramente el
espacio que se utilizará como sede del Club, delimitándolo de forma precisa y
segura. Se deberá evitar el acceso y vista a las instalaciones del Club desde
otros sectores del bien. La entrada al Club deberá ser exclusiva para el mismo.
5. Se prohíbe la ocupación o uso del espacio
público adyacente al local (mediante sillas, mesas, toldos, etc.) manteniendo
el exterior del mismo y sus inmediaciones en las debidas condiciones de
higiene.
6. Queda prohibido exhibir en la parte exterior del
Club cartelería lo identifique como tal, debiendo ceñirse a lo establecido en
el artículo 11 de la ley N° 19.172. A su vez, se sugiere a los integrantes de
la Asociación Civil mantener la reserva hacia terceras personas respecto a las
actividades que allí se desarrollan.
7. No podrán coexistir en un mismo padrón un Club y
un cultivo doméstico.
8. En el padrón donde funciona un Club, no puede
coexistir un emprendimiento cuya actividad gire en torno al cannabis
(psicoactivo o no psicoactivo).
En un mismo padrón no
se podrá instalar más de un Club.
B. Seguridad:
1. Medidas de seguridad apropiadas en todas sus
aberturas (rejas, puertas blindadas o cualquier otro método de seguridad que
impida el acceso a terceros).
2. Delimitación
perimetral con seguridad adecuada (cercos eléctricos, barreras electrónicas o
cualquier otro mecanismo de seguridad).
3. Sistema de
alarma con respuesta (ya sea empresa contratada o respuesta personal).
4. Se podrá
solicitar sensores de apertura en puertas y/o ventanas o en otros lugares.
5. La azotea
debe tener seguridad perimetral conectada a la alarma (cerco eléctrico y/o
barrera electrónica).
6. En caso de
contar con sistema de circuito cerrado de video vigilancia, el DVR deberá permanecer
en un lugar seguro.
7. Los cultivos
exteriores deberán estar protegidos de la vista y acceso de terceros.
8. Los cultivos
interiores, en zonas urbanas, deben tener instalado un sistema de filtro de
aire que evite la salida de olores al exterior (por ejemplo, filtro de
carbono).
9. Sensores de
humo conectados a la alarma y extinguidor de fuegos de C02 en las salas y/o
invernaderos dónde existan artefactos eléctricos.
10. Las áreas
destinadas al secado y al acopio del cannabis deben tener seguridad reforzada.
El mueble donde se almacene el acopio deberá estar amurado a la pared y al
piso, debiendo tener seguridad en sus puertas. Si se utiliza un espacio del
edificio ya existente (mampostería o similar), deberá contar con reja y
cerradura de seguridad o candados anti corte.
11. El ingreso
a la sede del Club es exclusivo para sus socios, quedando prohibido el ingreso
a toda persona ajena al mismo, salvo autorización expresa otorgada por el
IRCCA.
12. Queda
prohibido, sin excepción alguna, el ingreso de menores de dieciocho (18) años a
las instalaciones del Club.
13. Ningún
miembro del Club, el Responsable Técnico y/o terceras personas podrán vivir en
las instalaciones del Club.
14. Los
responsables del Club deben asegurar que todo el equipo de vigilancia se
encuentre en perfecto funcionamiento.
C. Funcionamiento:
1. El Club deberá declarar los días y horarios de
su actividad al momento de registrarse en el IRCCA, pudiendo solicitar
autorización en caso de necesitar una habilitación especial.
2. El Club debe mantener actualizada la información
en el Portal de Clubes de Membresía (sistema informático provisto sin costo por
el IRCCA), registrando las actividades de plantación, producción y distribución
del cannabis entre los miembros del Club, así como la gestión de las altas,
bajas y actualizaciones de los datos de los miembros inscriptos.
3. Queda prohibido realizar cualquier actividad,
salvo las de mantenimiento de cultivos y/o limpieza y mantenimiento del local,
fuera de los horarios establecidos.
4. El Club deberá presentar un Plan de Cultivo y un
Sistema de Entregas al
momento de registrarse en el IRCCA.
5. Las plantas deberán estar ubicadas en lugares
seguros, sin sobrepasar muros linderos, calles, veredas, evitando la
accesibilidad a las mismas, todo en consonancia con el Plan de Cultivo referido
en el numeral 3) del título C).
6. La actividad de cultivo deberá llevarse a cabo
en un espacio exclusivo para ese fin.
7. La Sede deberá contar con un área de uso social
y baño.
Cualquier situación no comprendida entre las
descriptas anteriormente, será considerada por el Equipo Fiscalizador y/o el
Área Jurídica del IRCCA, quien determinará si los Clubes cuentan con las
condiciones mínimas para habilitados de acuerdo a esta guía.
El IRCCA, en caso que lo estime pertinente, podrá
solicitar todas las medidas de seguridad o funcionamiento complementarias y/o
adicionales a las establecidas en esta Guía.
Por más información:
http://www.ircca.gub.uv/clubes-de-membresia/
Recomendamos, leer las actualizaciones del link
http://www.ircca.gub.uy/clubes-demembresia/
Guía para elaborar el
PLAN DE PRODUCCIÓN CLUBES
(IRCCA 2026)
INFRAESTRUCTURA
1. Descripción de las instalaciones.
1.1 Incluir un croquis de las instalaciones con la distribución de todas las áreas del club indicando claramente el acceso a la sede;.
1.2 En caso de predios rurales, indicar la parcela a utilizar dentro del padrón, adjuntando un plano o croquis en el que se identifique claramente la ubicación del club y el ingreso al mismo desde la ruta.
1.3 Describir las diferentes áreas del club: área social, baño, salas de cultivo e invernaderos, área de secado, área de acopio, área de trabajo, depósitos, área de gestión de residuos de cosecha.
1.4 Detalle el sistema de ventilación e iluminación que utilizará en áreas de cultivo, secado, trabajo y almacenamiento.
2. Descripción del sistema de seguridad.
2.2 Describir el sistema de alarma con respuesta que utilizan e indicar a quienes reporta el sistema en caso de alerta;.
2.3 Describir los dispositivos de seguridad asociados al sistema de alarma para cada área y su ubicación (sensores de movimiento, sensores volumétricos, sensores de apertura, barreras electrónicas, otros).
2.4 Describir el sistema de seguridad perimetral (cercos, barreras electrónicas, otros).
2.5 Describir el sistema de seguridad perimetral en la azotea cuando corresponda (cercos, barreras electrónicas, otros).
2.6 Describir sistema de seguridad en aberturas que dan al exterior.
2.7 Describir la seguridad del área de secado.
2.8 Describir la seguridad del área de acopio.
2.9 Indicar ubicación de los sensores de humo de cada área y de los extintores contra incendio.
CULTIVO
3. Descripción del plan de producción (incluyéndose actividades post cosecha).
3.1 Origen y cantidad (volumen) del material de partida (semillas, esquejes).
3.2 Detalle del proceso productivo explicitando:
i) Cantidad de cosechas a realizar en el año (indicar un número máximo de cosechas).
ii) Cantidad máxima de plantas en todo momento, para cada fase (esquejes, madres, vegetativo, floración).
iii) Área destinada al cultivo para cada fase y demás instalaciones de manejo y/o conservación de producto. Breve descripción de estas actividades para cada área.
iv) Propagación del material genético para la multiplicación productiva, sea siembra, clonación o generación de semillas de uso exclusivo para el Club de Membresía con destino al siguiente ciclo.
v) Método de cultivo: indicar si el cultivo se realiza a cielo abierto, invernáculo, indoor, en maceta, hidropónico, etc.. Manejo de plantas madre (si corresponde), clones, plantas en estado vegetativo y en floración.
vi) Tiempo estimado en cada etapa del cultivo, secado y curado.
vii) Estimación de cantidades máximas de producto seco a producir por ciclo y año.
viii) Forma de cosecha (parcial o total de la planta), manicura, secado, curado y acondicionamiento.
ix) Forma y condiciones de almacenamiento del producto a ser dispensado.
x) Equipamiento, propio o rentado, relevante a los procesos productivos (en caso de utilizarse) de cultivo y postcosecha, indicando capacidades (a modo enunciativo: sistema de riego, iluminación, manicurado, equipamiento de aclimatación, sala de secado).
3.3 Manejo fitosanitario. garantizar la protección vegetal contra insectos y hongos, evitando el desarrollo de enfermedades que ocasionen la muerte de la planta. Detallar medidas preventivas.
3.4 Gestión de residuos: procedimiento de registro y destrucción a utilizar para los residuos vegetales de producción, subproductos de cosecha y acondicionamiento, plantas o partes de plantas a eliminar.
3.5 Sistema de trazabilidad: procedimiento que deberá describir la forma de control y seguimiento sobre el número de plantas en cultivo, plantas cosechadas, producto en proceso de secado, curado y en acopio.
4. Plan de distribución.
La distribución del producto final se realizará exclusivamente en la sede del club, siempre teniendo en cuenta un máximo de 40 g por socio por mes. Se realizará un registro al momento de entrega por parte de los representantes del club en libretas de recibos numeradas, correlativas y anuales, que contengan: número de recibo, fecha, nombre y apellido del socio, cantidad de gramos recibidos y firmas (del socio y del responsable por el club).
ÉXITO Y MUCHAS BUENAS COSECHAS!