jueves, 5 de septiembre de 2019

FUNDACIÓN de un CLUB CANNABICO

Las asociaciones civiles se inscriben en la Dirección General de Registros y reciben su personería jurídica del Ministerio de Educación y Cultura. También deben inscribirse en la Dirección General Impositiva, pero se encuentran exoneradas de todo tipo de impuestosy en el Banco de Previsión Social. Los empleados del club deben estar inscriptos en el BSE.

Información necesaria reunir para redactar los estatutos. 

La asamblea fundacional se realiza en presencia de un escribano que certifica las firmas, donde ustedes la coordinen; lo importante es que estén todos los socios fundadores presentes, o una mayoría relevante, pues cada firma faltante demora la gestión y no cumple con los requisitos notariales de certificación. 

Los datos requeridos

NOMBRE

Que debe contener las palabras Club y Cannábico en el orden que prefieran. 

DEPARTAMENTO

Donde se instalará la SEDE UNICA del club. Un cambio de departamento implica una reforma de Estatutos con costos aproximados al 50% de los iniciales.

SOCIOS

La foto de ambos lados de las cédulas de todos los socios fundadores ( por lo menos 15 y recomendamos que sean menos de 20 para evitar un pago extra en la certificación de capacidad. Los miembros del club deben ser mayores de 18 años, ciudadanos naturales o residentes legales, capaces y sería deseable que no estén registrados en el IRCCA como cultivador doméstico por las demoras en el cambio de categoría, pero no es un impedimento. El cambio de categoría para los cultivadores demora 3 meses, el de usuario de farmacias es inmediato.

 AUTORIDADES.

 Los socios reunidos, deben determinar cuales ocuparán los 8 cargos de dirección.

Comisión Directiva  

  1. Presidente
  2. Secretario
  3. Tesorero
  4. 1º Suplente
  5. 2º Suplente
  6. 3º Suplente 

Síndico Fiscal

  1. Titular 
  2. Suplente 

Ninguno de los miembros de la Comisión Directiva ni el Síndico Fiscal puede recibir dinero de la Asociación Civil por ningún concepto.

GESTORES.

  1. Gestor
  2. Gestor
Miembros o no del club. Pueden ser todos los que quieran, sugerimos un par, los que tienen que tener disponibilidad para ir a las oficinas del registro en 18 y Magallanes de 9 a 13 horas. En general no se necesita, es solo para el trámite ante el MEC, en caso que el escribano actuante no pueda presentarse. 

INSTITUCIÓN BENEFICIARIA

Una institución o asociación civil a la que se donaría el patrimonio del club en caso de disolución. (Puede ser otro club cannábico, que ya tenga Personería Jurídica).

También se necesitará en el momento de la solicitud de habilitación que se tramita en el IRCCA (luego de obtener la personería jurídica), la certificación notarial de la firma del dueño de la propiedad en el consentimiento de la instalación del club y el contrato por el cual el club está autorizado a ocupar ese predio. 



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